Por memorial presentado el 29 de junio de 2018, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 726/2018-RA
Sucre, 17 de agosto de 2018
Expediente: Cochabamba 54/2018
Parte Acusadora : Ministerio Público y otros
Parte Imputada: Luis Quispe Copa
Delito : Violación de Infante, Niño, Niña o Adolescente
RESULTANDO
Por memorial presentado el 29 de junio de 2018, cursante de fs. 353 a 357, Luis Quispe Copa, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista de 15 de marzo de 2010, de fs. 325 a 333, pronunciado por la Sala Penal Tercera de la ex Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Alicia Bautista García y Rolando Martínez Gómez y la Defensoría de la Niñez y Adolescencia contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Violación a Infante, Niño, Niña o Adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 Bis del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 726/2018-RA
Sucre, 17 de agosto de 2018
Expediente: Cochabamba 54/2018
Parte Acusadora : Ministerio Público y otros
Parte Imputada: Luis Quispe Copa
Delito : Violación de Infante, Niño, Niña o Adolescente
RESULTANDO
Por memorial presentado el 29 de junio de 2018, cursante de fs. 353 a 357, Luis Quispe Copa, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista de 15 de marzo de 2010, de fs. 325 a 333, pronunciado por la Sala Penal Tercera de la ex Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Alicia Bautista García y Rolando Martínez Gómez y la Defensoría de la Niñez y Adolescencia contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Violación a Infante, Niño, Niña o Adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 Bis del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 29 de junio de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se advierte que el 22 de junio de 2018, el
- Asimismo, se deja constancia que al no haberse fundamentado la contradicción con el Auto Supremo
- Asimismo, por secretaría de Sala remítanse antecedentes al Consejo de la Magistratura para que tal
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
