De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 728/2018-RA
Sucre, 17 de agosto de 2018
Expediente: Santa Cruz 112/2018
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Carmelo Yovio Lijerón
Delito : Abuso Sexual
RESULTANDO
Por memorial presentado el 18 de junio de 2018, cursante de fs. 335 a 338, Carmelo Yovio Lijerón, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 38 de 29 de mayo de 2018, de fs. 322 a 325 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la Defensoría de la Niñez y Adolescencia contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Abuso Sexual, previsto y sancionado por el art. 312 del Código Penal (CP).
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Por Sentencia 49 de 28 de septiembre de 2017 (fs. 273 a 279 vta.), el Tribunal Sexto de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Carmelo Yovio Lijerón, autor del delito de Abuso Sexual, previsto y sancionado por el art. 312 del CP, imponiendo la pena de seis años de presidio, más el pago de costas, daños y perjuicios a calificarse en ejecución de Sentencia
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 728/2018-RA
Sucre, 17 de agosto de 2018
Expediente: Santa Cruz 112/2018
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Carmelo Yovio Lijerón
Delito : Abuso Sexual
RESULTANDO
Por memorial presentado el 18 de junio de 2018, cursante de fs. 335 a 338, Carmelo Yovio Lijerón, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 38 de 29 de mayo de 2018, de fs. 322 a 325 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la Defensoría de la Niñez y Adolescencia contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Abuso Sexual, previsto y sancionado por el art. 312 del Código Penal (CP).
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Por Sentencia 49 de 28 de septiembre de 2017 (fs. 273 a 279 vta.), el Tribunal Sexto de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Carmelo Yovio Lijerón, autor del delito de Abuso Sexual, previsto y sancionado por el art. 312 del CP, imponiendo la pena de seis años de presidio, más el pago de costas, daños y perjuicios a calificarse en ejecución de Sentencia
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Carmelo Yovio Lijerón formuló recurso de apelación restringida (fs
- Por diligencia de 11 de junio de 2018 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- En el caso presente, se advierte que el recurrente plantea dos motivos que convergen en
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
