3. De la legitimación procesal
De acuerdo a la diligencia de notificación cursante a fs. 184 del expediente, se establece que la recurrente fue notificada con el Auto de Vista el 20 de junio de 2018 y según el timbre electrónico de fs. 188, el recurso de casación fue presentado el 4 de julio de 2018, en el plazo establecido por el artículo 273 del Código Procesal Civil; es decir, dentro los diez días hábiles.
3. De la legitimación procesal
3. De la legitimación procesal
- Expediente: CH-52-18-S
- Distrito: Chuquisaca
- CONSIDERANDO I
- En el marco de lo preceptuado por el artículo 180 parágrafo II de
- 1. De la resolución impugnada
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- 4.- Del Contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal de esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
