En el marco de lo preceptuado por el artículo 180 parágrafo II de
CONSIDERANDO II:
PRESUPUESTOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACION
En el marco de lo preceptuado por el artículo 180 parágrafo II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, y en observancia de los artículos 271, 272, 273, 274 y 277 del Código Procesal Civil, se pasa a considerar los requisitos de admisibilidad
PRESUPUESTOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACION
En el marco de lo preceptuado por el artículo 180 parágrafo II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, y en observancia de los artículos 271, 272, 273, 274 y 277 del Código Procesal Civil, se pasa a considerar los requisitos de admisibilidad
- Expediente: CH-52-18-S
- Distrito: Chuquisaca
- CONSIDERANDO I
- En el marco de lo preceptuado por el artículo 180 parágrafo II de
- 1. De la resolución impugnada
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- 4.- Del Contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal de esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
