Previo señalamiento del art
II. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Previo señalamiento del art. 370 inc. 6) del Código de Procedimiento Penal (CPP) como norma habilitante del recurso de casación contra la Sentencia 30/2017, el recurrente transcribe pasajes de los Autos Supremos 2 de 31 de enero de 2013 y 152 de 31 de mayo de 2013; ambos con referencia a la orientación brindada por la jurisprudencia sobre la valoración de la prueba de parte de los Jueces o Tribunales de Sentencia, para después afirmar que en el caso particular el Tribunal de Sentencia vulneró su derecho a la defensa, alegando consideraciones acerca del derecho a la seguridad jurídica y lo manifestado en la Sentencia Constitucional 0791/2012-R de 3 de mayo. Refiere que la Sentencia “se encuentra viciada, debido a que el Tribunal de Sentencia de Ivirgazama, no ha dado estricto cumplimiento a los efectos del art. 173 del CPP, en el momento de valorar las pruebas (…) y la omisión expuesta se encuentra por num. 6) del art. 370 de CPP, por defectuosa valoración de la prueba (…) constituyendo defectos absolutos insubsanables conforme al art. 169 num. 3) del CPP. Además de existir un voto disidente” (sic)
- Por memorial presentado el 12 de julio de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Feliciano Romero Rivera formuló recurso de apelación restringida (fs
- Por diligencia de 6 de julio de 2018, (fs
- Previo señalamiento del art
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- En lo que toca a los demás requisitos procesales previstos por norma, previamente referir que
- Con tal preámbulo, la Sala considera que el recurso de casación que motiva autos, es
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
