De la revisión del recurso de casación, se observa que Alejandro Sajama Calle, en lo
De igual forma, el recurrente al margen de identificar debidamente la resolución impugnada, es decir el Auto de Vista Nº S-250/2018 de fecha 02 de mayo, que cursa de fs. 614 a 615 vta.; este goza de plena legitimación procesal para interponer el presente recursos de casación, ello tomando en cuenta que la resolución impugnada emite un fallo anulatorio de la Sentencia, de lo que se colige que la interposición del referido recurso es completamente permisible, esto conforme al sistema de impugnación vertical así como lo establecido en los arts. 270 y 272 del Código Procesal Civil.
4. Del contenido del recurso de casación.
De la revisión del recurso de casación, se observa que Alejandro Sajama Calle, en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusa:
a)La carencia de motivación y fundamentación del Auto de Vista, señalando que al anular la Sentencia de grado, el Tribunal de alzada no ha considerado las reglas prescritas en el art. 213 del Código Procesal Civil, en consecuencia se ha trasgredido las normas del debido proceso y atentando contra el art. 105.I de la referida norma, en sentido de no haber tomado en cuenta que ningún acto o trámite judicial puede ser declarado nulo si la nulidad no está expresamente determinada por ley
4. Del contenido del recurso de casación.
De la revisión del recurso de casación, se observa que Alejandro Sajama Calle, en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusa:
a)La carencia de motivación y fundamentación del Auto de Vista, señalando que al anular la Sentencia de grado, el Tribunal de alzada no ha considerado las reglas prescritas en el art. 213 del Código Procesal Civil, en consecuencia se ha trasgredido las normas del debido proceso y atentando contra el art. 105.I de la referida norma, en sentido de no haber tomado en cuenta que ningún acto o trámite judicial puede ser declarado nulo si la nulidad no está expresamente determinada por ley
- Partes: Enrique Condori Choque c/ Alejandro Sajama Calle y otra
- Proceso: Reivindicación y otros
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I
- 2
- CONSIDERANDO II
- II
- 1. De la resolución impugnada
- Del análisis del Auto de Vista Nº S-250/2018 de fecha 02 de mayo, que cursa
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la diligencia de notificación
- 3. De la legitimación procesal
- De la revisión del recurso de casación, se observa que Alejandro Sajama Calle, en lo
- Por lo expuesto, solicita se dicte resolución anulando el Auto de Vista, y se ordene
- 4. Del contenido del recurso de casación
- De la revisión del recurso de casación, se observa que Bernardina Sajama Calle, en lo
- b)Que no se ha tomado en cuenta que existen otros co-propietarios del inmueble objeto de
- Por todo lo expuesto, solicita se dicte resolución anulando el proceso hasta el vicio más
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
