De la revisión del recurso de casación, se observa que Bernardina Sajama Calle, en lo
De la revisión del recurso de casación, se observa que Bernardina Sajama Calle, en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusa:
a)Que la Sentencia y el Auto de Vista impugnado adolece de vicios de nulidad absoluta, que sin ninguna justificación legal han introducido a una persona ajena a la demanda, puesto que la acción ha sido impetrada por Enrique Condori Choque y en cambio las referidas resoluciones han introducido a Rene Condori Choque como demandante, cuando el mismo jamás ha sido parte del proceso
a)Que la Sentencia y el Auto de Vista impugnado adolece de vicios de nulidad absoluta, que sin ninguna justificación legal han introducido a una persona ajena a la demanda, puesto que la acción ha sido impetrada por Enrique Condori Choque y en cambio las referidas resoluciones han introducido a Rene Condori Choque como demandante, cuando el mismo jamás ha sido parte del proceso
- Partes: Enrique Condori Choque c/ Alejandro Sajama Calle y otra
- Proceso: Reivindicación y otros
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I
- 2
- CONSIDERANDO II
- II
- 1. De la resolución impugnada
- Del análisis del Auto de Vista Nº S-250/2018 de fecha 02 de mayo, que cursa
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la diligencia de notificación
- 3. De la legitimación procesal
- De la revisión del recurso de casación, se observa que Alejandro Sajama Calle, en lo
- Por lo expuesto, solicita se dicte resolución anulando el Auto de Vista, y se ordene
- 4. Del contenido del recurso de casación
- De la revisión del recurso de casación, se observa que Bernardina Sajama Calle, en lo
- b)Que no se ha tomado en cuenta que existen otros co-propietarios del inmueble objeto de
- Por todo lo expuesto, solicita se dicte resolución anulando el proceso hasta el vicio más
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
