De la revisión del recurso de casación, de fs
De la revisión del recurso de casación, de fs. 274 a 278 vta., se observa que Alfredo Soria Ortiz en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusa:
a)Que no existe prueba que la evicción y el saneamiento de dichos lotes, se lo hubiera realizado en los seis meses que establece el contrato, empero en ambos fallos se atribuye el incumplimiento al comprador, cuando las cláusulas del contrato deben estar por encima de la lógica, pidiendo que se valore si es ético, moral atribuir el supuesto incumplimiento al comprador del bien, cuando el vendedor compró los lotes 8 y 9, hace 16 años y sigue con los mismos vicios; lo que acredita que no existe una realidad de materializar el saneamiento que debió cumplirse a los 6 meses
a)Que no existe prueba que la evicción y el saneamiento de dichos lotes, se lo hubiera realizado en los seis meses que establece el contrato, empero en ambos fallos se atribuye el incumplimiento al comprador, cuando las cláusulas del contrato deben estar por encima de la lógica, pidiendo que se valore si es ético, moral atribuir el supuesto incumplimiento al comprador del bien, cuando el vendedor compró los lotes 8 y 9, hace 16 años y sigue con los mismos vicios; lo que acredita que no existe una realidad de materializar el saneamiento que debió cumplirse a los 6 meses
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista de fecha 25 de octubre de 2018, que cursa
- 2.Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3.De la legitimación procesal
- 4.Del contenido del recurso de casación
- De la revisión del recurso de casación, de fs
- Por las consideraciones expuestas, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo en
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
