El 18 de mayo de 2018, el Auto de Vista Nº 251/2018 de 18 de
El 18 de mayo de 2018, el Auto de Vista Nº 251/2018 de 18 de mayo (fs. 1769 a 1771) dedujo que la empresa demandante no cumplió con su obligación de pagar el precio acordado ni tampoco con el precio ofrecido luego de comprobar la reducción de la extensión del inmueble y que también existió incumplimiento de los demandantes por la actitud asumida, vale decir que tanto el comprador como vendedor no cumplieron sus obligaciones, estableció también que la valoración de la prueba se la realizó conforme a las reglas de la sana crítica y que el principio de verdad material implica que la resolución debe basarse en la reconstrucción fiel a la realidad de los hechos y las circunstancias que lo rodearon, dando prevalencia a la verdad antes que los ritualismos sin eliminar las formas procesales legales que tienen por finalidad resguardar derechos y garantías constitucionales
- VISTOS: El recurso de casación de fs
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- El 18 de mayo de 2018, el Auto de Vista Nº 251/2018 de 18 de
- Con base en todo lo desarrollado, el Auto de Vista 251/18, CONFIRMA en todas sus
- CONSIDERANDO II
- II.3. De la legitimación procesal
- II.4. Del contenido del recurso de casación
- Recurso de casación en la forma
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- Recurso de casación en el fondo
- Concluye con una fundamentación en derecho y petitorio, solicita casar el Auto de Vista y
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
