Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0083/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0083/2018

    Fecha: 25-Sep-2018

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • AUTO SUPREMO:83/2018
    • FECHA:Sucre, 25 de septiembre de 2018
    • EXPEDIENTE:11/2018
    • PROCESO:Extradición
    • PARTES:A solicitud de la Embajada de la República de la República Federativa del Brasil contra
    • MAGISTRADO TRAMITADOR: Marco Ernesto Jaimes Molina
    • VISTOS EN SALA PLENA: La nota GM-DGAJ-UAJI
    • Que, de la revisión de la Nota Verbal que se menciona en el oficio dirigido
    • CONSIDERANDO II: De los antecedentes se evidencia, que el Ministerio Público Federal del país requirente,
    • Al efecto, se remite copia del Mandato de Prisión Preventiva Nº 09/2018 contra el sujeto
    • CONSIDERANDO III: Que, las relaciones internacionales en materia de extradición entre Bolivia y el país
    • El Acuerdo sobre extradición del “MERCOSUR” descrito, guarda estrecha relación por tratarse sobre el mismo
    • En ese sentido, se evidencia que dicha normativa internacional añade como requisito para la procedencia
    • Que en el caso de autos, la documentación presentada que cursa de fojas 4 a
    • Las disposiciones legales internacionales (Acuerdo Sobre Extradición del “MERCOSUR” del 10 de diciembre de 1998,
    • Para el efecto, al no existir datos precisos acerca de su paradero en Bolivia, lugar
    • Una vez ejecutado el mandamiento, las autoridades comisionadas o las del lugar donde sea aprehendido
    • Asimismo, a los efectos del debido proceso de ley, el juez comisionado deberá velar porque
    • Finalmente, a los fines de establecer la existencia de antecedentes a los que se refiere
    • Comuníquese la presente Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores para que, por su intermedio y
    • No intervienen los Magistrados Ricardo Torres Echalar, Olvis Egüez Oliva por encontrarse en comisión de
    • Sala Plena

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca