No intervienen los Magistrados Ricardo Torres Echalar, Olvis Egüez Oliva por encontrarse en comisión de
No intervienen los Magistrados Ricardo Torres Echalar, Olvis Egüez Oliva por encontrarse en comisión de viaje oficial
- AUTO SUPREMO:83/2018
- FECHA:Sucre, 25 de septiembre de 2018
- EXPEDIENTE:11/2018
- PROCESO:Extradición
- PARTES:A solicitud de la Embajada de la República de la República Federativa del Brasil contra
- MAGISTRADO TRAMITADOR: Marco Ernesto Jaimes Molina
- VISTOS EN SALA PLENA: La nota GM-DGAJ-UAJI
- Que, de la revisión de la Nota Verbal que se menciona en el oficio dirigido
- CONSIDERANDO II: De los antecedentes se evidencia, que el Ministerio Público Federal del país requirente,
- Al efecto, se remite copia del Mandato de Prisión Preventiva Nº 09/2018 contra el sujeto
- CONSIDERANDO III: Que, las relaciones internacionales en materia de extradición entre Bolivia y el país
- El Acuerdo sobre extradición del “MERCOSUR” descrito, guarda estrecha relación por tratarse sobre el mismo
- En ese sentido, se evidencia que dicha normativa internacional añade como requisito para la procedencia
- Que en el caso de autos, la documentación presentada que cursa de fojas 4 a
- Las disposiciones legales internacionales (Acuerdo Sobre Extradición del “MERCOSUR” del 10 de diciembre de 1998,
- Para el efecto, al no existir datos precisos acerca de su paradero en Bolivia, lugar
- Una vez ejecutado el mandamiento, las autoridades comisionadas o las del lugar donde sea aprehendido
- Asimismo, a los efectos del debido proceso de ley, el juez comisionado deberá velar porque
- Finalmente, a los fines de establecer la existencia de antecedentes a los que se refiere
- Comuníquese la presente Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores para que, por su intermedio y
- No intervienen los Magistrados Ricardo Torres Echalar, Olvis Egüez Oliva por encontrarse en comisión de
- Sala Plena
