Realizada esa precisión, de la revisión de antecedentes procesales, se tiene que por diligencia de
Realizada esa precisión, de la revisión de antecedentes procesales, se tiene que por diligencia de fs. 124, el miércoles 9 de abril de 2014, se procedió a la notificación con el Auto de Vista impugnado al imputado Jorge Cesar Pericón Ayaviri, aspecto reconocido por el recurrente en su memorial de casación, que refiere: “…, habiendo sido legalmente notificado en fecha miércoles 09 de abril del presente año, con el Auto de Vista Nº 10/2014”; y, conforme consta en el cargo de recepción de fs. 146 vta., el recurrente presentó el recurso de casación el jueves 17 de abril de 2014; es decir, que el recurso sujeto a examen de admisibilidad, fue interpuesto a los 6 días hábiles de la notificación con la Resolución recurrida
- Por memorial presentado el 17 de abril de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la referida Sentencia, el imputado Jorge Cesar Pericón Ayaviri formuló recurso de apelación restringida
- Por diligencia de 9 de abril de 2014 (fs
- Del memorial de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- A los fines de verificar el cumplimiento de los requisitos de admisión del presente recurso,
- Respecto al plazo para la formulación del recurso de casación, el art
- Realizada esa precisión, de la revisión de antecedentes procesales, se tiene que por diligencia de
- En consecuencia, al constatarse la presentación extemporánea del recurso de casación; puesto que, éste Tribunal
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
