CONSIDERANDO III
DE LA RESPUESTA AL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión de obrados se puede establecer que corrido en traslado el recurso de casación, no fue respondido siendo concedido por auto de fs. 234, remitidos los antecedentes este Tribunal dictó el Auto Supremo de Admisión 1026/2017-RA de 27 de septiembre de fs. 340 a 341.
CONSIDERANDO III:
DOCTRINA APLICABLE AL CASO
III.1. De la nulidad procesal en segunda instancia
De la revisión de obrados se puede establecer que corrido en traslado el recurso de casación, no fue respondido siendo concedido por auto de fs. 234, remitidos los antecedentes este Tribunal dictó el Auto Supremo de Admisión 1026/2017-RA de 27 de septiembre de fs. 340 a 341.
CONSIDERANDO III:
DOCTRINA APLICABLE AL CASO
III.1. De la nulidad procesal en segunda instancia
- Distrito: La Paz
- Contra la referida Resolución el Gobierno Municipal de La Paz representado por Fidel Cruz Aduviri
- CONSIDERANDO III
- Sobre el tema el art
- II
- III.2. De la nulidad en segunda instancia por incongruencia en la Sentencia
- Tomando como parámetro lo referido, ante la existencia de una resolución de primera instancia incongruente
- Lo expuesto tiene su sustento en la búsqueda del fin principal de la administración de
- CONSIDERANDO IV
- Bajo ese contexto se debe tener presente también que al disponer el Tribunal de alzada
- Partiendo del citado antecedente, es menester tomar en cuenta que conforme a lo delineado en
- En ese sentido conviene recordar que si para el Tribunal de segunda instancia era insuficiente
- En tal entendido, en función a los fundamentos expuestos supra, los argumentos esgrimidos en el
- Por las razones expuestas corresponde emitir fallo conforme a lo previsto en los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Siendo excusable el error en que han incurrido los Vocales de la Sala Civil y
- En virtud a lo previsto en el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Juan Carlos Berrios Albizú.
