POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 42.I num. 1) de la Ley N° 025 concordante con el art. 277.I del Código Procesal Civil, y en aplicación de los arts. 220.I num. 4) del mismo cuerpo legal, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fs. 284 a 285, interpuesto por Marcelino Quispe Durán contra el Auto de Vista Nº S - 102/2018 de 09 de marzo, cursante de fs. 282 y vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz. Con costas y costos por existir respuesta al recurso de casación
- Partes: Marcelino Quispe Durán. c/ Alberto Huanca Aruquipa y otra
- Proceso: Nulidad de Escritura Pública y otros
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- CONSIDERANDO III
- El per saltum, es una locución latina que significa pasar por alto las formas regulares
- CONSIDERANDO IV
- En consecuencia siendo evidente que el recurso de casación no cumple con los requisitos plasmados
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
