Por consiguiente, los presupuestos legales establecidos en el Tratado de Extradición de 22 de agosto
Por consiguiente, los presupuestos legales establecidos en el Tratado de Extradición de 22 de agosto de 2013, aprobado por Ley Nº 723 de 24 de agosto de 2015, para ser procedente la solicitud de detención preventiva con fines de extradición, se han cumplido, por lo que, es procedente la solicitud de detención preventiva con fines de extradición, haciéndose presente que corresponderá al Estado requirente, la responsabilidad que pudieran emanar de la detención preventiva solicitada
- AUTO SUPREMO: 1/2019
- FECHA: Sucre, 9 de enero de 2019
- EXPEDIENTE: 01/2019
- PROCESO : Detención Preventiva con Fines de Extradición
- PARTES: A solicitud de la Embajada de la República Argentina contra Aguilera Aparicio Zardam Jesús
- MAGISTRADA TRAMITADORA: María Cristina Díaz Sosa
- VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de detención preventiva con fines de extradición presentada mediante
- CONSIDERANDO II: Que, el Tratado de Extradición suscrito entre la citada República de Argentina y
- En tal sentido, respecto a la solicitud de detención preventiva con fines de extradición, el
- Bajo esta normativa, conforme a los datos señalados en el anterior considerando, se advierte que
- Asimismo, es necesario aclarar que el art
- Finalmente, del artículo citado en que se funda la acción penal llevada a cabo contra
- Las disposiciones legales internacionales (Tratado Bilateral de Extradición Argentina - Bolivia) tienen estricta concordancia con
- Por consiguiente, los presupuestos legales establecidos en el Tratado de Extradición de 22 de agosto
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- La autoridad judicial comisionada o del lugar donde sea aprehendido, deberá INFORMAR en forma inmediata
- A los efectos de garantizar el debido proceso, se dispone notificar al detenido con copia
- A los fines de establecer la existencia de antecedentes a los que se refiere el
- Similar certificación deberá pedirse al Consejo de la Magistratura de Bolivia a efecto que a
- Comuníquese la presente resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores, para que haga conocer a la
- No interviene el Magistrado Edwin Aguayo Arando por encontrarse en comisión de viaje oficial
- Regístrese, notifíquese, archívese
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