VISTOS: El recurso de casación de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 22/2019-RA
Fecha: 28 de enero de 2019
Expediente: LP-7-19-S
Partes: Julia Mercedes Choque de Quispe c/ Arnaldo Mamani y herederos de
Telésforo Mamani.
Proceso: Usucapión decenal.
Distrito: La Paz.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 234 a 238, presentado por Julia Mercedes Choque de Quispe, impugnando el Auto de Vista Nº 495/2018 pronunciado el 6 de julio por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz (fs. 231 a 232 vta.), en el proceso de usucapión, seguido por la recurrente contra Arnaldo Mamani y herederos de Telésforo Mamani, Auto de concesión de 16 de enero de 2019 a fs. 253; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1.Julia Mercedes Choque de Quispe demandó a Arnaldo Mamani y a los posibles herederos de Telésforo Mamani (fs. 21 a 22 y fs. 27 y vta. ampliada a fs. 52), por usucapión, los demandados a través de los defensores de oficio designados respondieron negativamente la demandada presentando (fs. 69 a 70 y fs. 85 y vta. respectivamente), tramitado así el proceso ordinario hasta la emisión de la Sentencia Nº 583/2016 de 31 de agosto (fs. 178 a 182 vta.), que declaró IMPROBADA la demanda
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 22/2019-RA
Fecha: 28 de enero de 2019
Expediente: LP-7-19-S
Partes: Julia Mercedes Choque de Quispe c/ Arnaldo Mamani y herederos de
Telésforo Mamani.
Proceso: Usucapión decenal.
Distrito: La Paz.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 234 a 238, presentado por Julia Mercedes Choque de Quispe, impugnando el Auto de Vista Nº 495/2018 pronunciado el 6 de julio por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz (fs. 231 a 232 vta.), en el proceso de usucapión, seguido por la recurrente contra Arnaldo Mamani y herederos de Telésforo Mamani, Auto de concesión de 16 de enero de 2019 a fs. 253; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1.Julia Mercedes Choque de Quispe demandó a Arnaldo Mamani y a los posibles herederos de Telésforo Mamani (fs. 21 a 22 y fs. 27 y vta. ampliada a fs. 52), por usucapión, los demandados a través de los defensores de oficio designados respondieron negativamente la demandada presentando (fs. 69 a 70 y fs. 85 y vta. respectivamente), tramitado así el proceso ordinario hasta la emisión de la Sentencia Nº 583/2016 de 31 de agosto (fs. 178 a 182 vta.), que declaró IMPROBADA la demanda
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Resolución de primera instancia, que originó la apelación de la parte demandante, cursante de fs
- 2
- CONSIDERANDO II
- II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II.3. De la legitimación procesal
- II.4. Del contenido del recurso de casación
- La recurrente sustentó su recurso tanto en la forma y cuanto en el fondo, del
- 1
- 3
- así el debido proceso y la seguridad jurídica
- Concluyó solicitando casar el Auto de Vista o alternativamente anular obrados hasta el vicio más
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
