Auto Supremo AS/0150/2019-CA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0150/2019-CA

Fecha: 03-Oct-2019

Por ello, la presentación por medio del buzón judicial solo puede ser considerado para efecto

Por ello, la presentación por medio del buzón judicial solo puede ser considerado para efecto de computo de plazo, cuando la actuación que se pretende resguardar es presentada el día del vencimiento, considerando que el mismo es creado para días y horas inhábiles, por lo que no surte efecto alguno cuando es empleado pasada la fecha de vencimiento del plazo