Al presente, está en plena vigencia el C6digo Procesal Civil (CPC), que establece en su
Al presente, está en plena vigencia el C6digo Procesal Civil (CPC), que establece en su Disposici6n Segunda, la abrogatoria del C6digo de Procedimiento Civil, cual determina a su vez en la Disposici6n Transitoria Sexta, que: "Al momento de la vigencia plena del C6digo Procesal Civil, en los procesos en trente en segunda instancia y en casaci6n, se aplicará lo dispuesto en el presente C6digo"
- I CONSIDERACIONES LEGALES
- Al presente, está en plena vigencia el C6digo Procesal Civil (CPC), que establece en su
- En aplicaci6n de la normativa citada, se establece lo siguiente
- 2
- 3
- Como se aprecia, el recurrente se encuentra
- En merito a lo anterior, la deficiencia del recurso, no permite abrir la
- En definitiva, el recurse solo constituye un acto de disconformidad,
- Por consiguiente, al no haberse cumplido con la carga legal impuesta por el citado art
- Por consiguiente, se declara la ejecutoria del Auto de Vista N° 122/2019 de 14 de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
