En el segundo motivo, la parte recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado carece
En el segundo motivo, la parte recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado carece de motivación y fundamentación, porque estableció en su planteamiento solo aspectos generales y no ingresó al análisis de su petitorio; con relación al presente motivo, se verifica que la Resolución que emitió el Tribunal de alzada rechazó por inadmisible el recurso de apelación restringida planteada porque no explicó de manera fundamentada, clara y precisa la aplicación que pretendía de cada una de las normas que señaló como erróneamente aplicadas; lo que implica que el reclamo de la parte recurrente resulte incongruente al afirmar que el Tribunal de alzada “solo estableció aspectos generales y no ingresó al análisis de su petitorio”; cuando ello emerge del rechazo por inadmisible el recurso de apelación restringida; por lo que obviamente no se ingresó al fondo; en todo caso le correspondía abocarse en casación a reclamar fundadamente la supuesta declaratoria ilegal de inadmisibilidad de la apelación, para lograr que el Tribunal de alzada resuelva sus reclamos en el fondo, entendimiento asumido en los Autos Supremos 22/2018-RA de 1 de febrero, 66/2018-RA de 14 de febrero, 703/2018-RA de 17 de agosto, entre otros, por lo que corresponde declarar su inadmisibilidad
- Por memorial presentado el 24 de septiembre de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Nelson Arancibia Amador (fs
- Por diligencia de 17 de septiembre de 2018 (fs
- Del memorial de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Señala también, que el Auto de Vista impugnado carece de suficiente motivación y fundamentación porque
- Cita y adjunta como precedentes contradictorios los Autos Supremos 340 de 28 de agosto de
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- Como única prueba admisible se acompañará copia del Recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, por diligencia de fs
- En el primer motivo, la parte recurrente explica la finalidad del recurso de casación establecido en
- De la misma forma; se debe hacer notar a la parte recurrente que, si bien
- En el segundo motivo, la parte recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado carece
- Por último cabe señalar que la parte recurrente citó y adjuntó como precedentes contradictorios los
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
