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3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Urbano Martínez Calisaya y Nicolasa Subía Miranda según memorial cursante de fs. 244 a 247 recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad
- Auto Supremo: 1029/2019-RA
- Expediente:CH-59-19-S
- Proceso: Resolución de contrato
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
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- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista Nº SCCII-215/2019 de 30 de agosto, cursante de fs
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fs
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que los recurrentes, al margen de identificar debidamente la resolución
- 4. Del contenido del recurso de casación
- a)Que el Auto de Vista es incongruente, toda vez que los vocales indican que mediante
- b)La violación del derecho al debido proceso en su elemento “derecho a la congruencia de
- c)La existencia de error de hecho y derecho en la valoración de las pruebas consistentes
- d)Que el Tribunal de alzada interpretó erróneamente el art
- De esta manera, solicitó se dicte Auto Supremo casando totalmente el Auto de Vista y
- En consecuencia, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
