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2.Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Gregoria Ramos de Goyzueta mediante memorial cursante de fs. 159 a 160 vta., originó que la Sala Civil Segunda el Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista Nº S-96/2019 de 11 de abril, cursante a fs. 227 vta., que CONFIRMÓ la sentencia.
3.Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Gregoria Ramos de Goyzueta mediante memorial cursante de fs. 238 a 240, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad
3.Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Gregoria Ramos de Goyzueta mediante memorial cursante de fs. 238 a 240, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad
- Proceso: Usucapión decenal o extraordinaria
- CONSIDERANDO I
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista Nº S-96/2019 de 11 de abril, cursante a fs
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución recurrida (auto de vista), conforme se tiene de la notificación a fs
- De igual forma, se colige que la recurrente, al margen de identificar debidamente la resolución
- 4. Del contenido del recurso de casación
- De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que case el auto de
- En consecuencia, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
