De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que anule o case el
b)Que el auto de vista no se ajusta a lo establecido por el art. 265.I. del Código Procesal Civil, así como tampoco al art. 17.I y III. toda vez que no analiza de manera objetiva la fundamentación realizada respecto a las observaciones que se hizo antes de que se dicte la sentencia y a momento de interponer el recurso de apelación, pues habiéndose efectuado observaciones de forma y fondo la parte demandante nunca subsano la demanda ni acredito la cuantía de la misma.
c)Que el Tribunal de alzada no revisó la documentación que el ministerio de educación adjunto al proceso donde se evidencia las irregularidades en cuanto a la legitimidad del área escolar que la parte demandante menciona, poniendo en inminente peligro de perder un área escolar y campo deportivo.
De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que anule o case el auto de vista
c)Que el Tribunal de alzada no revisó la documentación que el ministerio de educación adjunto al proceso donde se evidencia las irregularidades en cuanto a la legitimidad del área escolar que la parte demandante menciona, poniendo en inminente peligro de perder un área escolar y campo deportivo.
De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que anule o case el auto de vista
- perjuicios
- CONSIDERANDO I
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista Nº S-163/2019 de 14 de mayo, cursante de fs
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución recurrida (auto de vista), conforme se tiene de la notificación a fs
- De igual forma, se colige que los recurrentes, al margen de identificar debidamente la resolución
- 4. Del contenido del recurso de casación
- a)Que el auto de vista atenta contra los intereses de la comunidad cucuta de la
- De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que anule o case el
- En consecuencia, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
