3. De la legitimación procesal
De la revisión de antecedentes se tiene que, los recurrentes cumplieron con el requisito del plazo para la interposición de su recurso de casación; habida cuenta que siendo notificados Ramiro Edwin Yáñez Morales y Jaime Alfonso Yáñez Morales el 23 de septiembre del 2019 cursante a fs. 708 y vta., presentaron recurso de casación de fs. 710 a 712 vta., el 7 de octubre del año que transcurre, es decir en los diez días señalado por el art. 273 del Código Procesal Civil.
3. De la legitimación procesal
3. De la legitimación procesal
- Auto Supremo: 1065/2019-RA
- Partes: Jaime Alfonso Yáñez Morales y otro c/ Alex Aldo Yáñez Paz y otros
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO II
- 3. De la legitimación procesal
- De la revisión del recurso de casación de fs
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
