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En consecuencia, se ordena la inscripción en Derechos Reales del título de propiedad a nombre de Wilber Cambara Poiqui, sobre el bien inmueble ubicado en la zona este U.V. 229-A, Manzana 1, Lote Nº 38 con una superficie de 552,99 m2.
Se dispuso la cancelación de la Matrícula Nº 7.01.1.05.0000283 inscrita a nombre de Diego Hernando Sanabria Salmón. No ha lugar al pronunciamiento del Tribunal de alzada respecto a la demanda reconvencional de pago de mejoras teniendo en cuenta la parte resolutiva del auto de vista.
3.Fallo de segunda instancia que fue recurrido en casación por el demandante diego Hernando Sanabria Salmon, mediante el memorial de fs. 339 a 346 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad
Se dispuso la cancelación de la Matrícula Nº 7.01.1.05.0000283 inscrita a nombre de Diego Hernando Sanabria Salmón. No ha lugar al pronunciamiento del Tribunal de alzada respecto a la demanda reconvencional de pago de mejoras teniendo en cuenta la parte resolutiva del auto de vista.
3.Fallo de segunda instancia que fue recurrido en casación por el demandante diego Hernando Sanabria Salmon, mediante el memorial de fs. 339 a 346 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad
