CONSIDERANDO I
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 1067/2019 - RA
Sucre: 22 de octubre de 2019
Expediente: SC – 118 – 19 – S
Partes: Diego Hernando Sanabria Salmón c/ Wilber Cambara Poiqui.
Proceso: Reivindicación, desocupación y otros.
Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 339 a 346 vta., interpuesto por Diego Hernando Sanabria Salmón contra el Auto de Vista Nº 67/2019 de 18 de julio, cursante de fs. 324 a 326, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar, Doméstica y Publica Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso sobre reivindicación desocupación y otros, seguido por el recurrente contra Wilber Cambara Pioqui; la contestación cursante de fs. 351 a 355, el Auto de concesión de fs. 357; los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1.Con base al memorial de fs. 9 a 10 vta., Diego Hernando Sanabria Salmón inició proceso de reivindicación, desocupación, entrega de inmueble más daños y perjuicios; acción que fue dirigida contra Wilber Cambara Poiqui, quien una vez citado contesta a la demanda de manera negativa y plantea demanda reconvencional por usucapión decenal y declaratoria de propiedad de mejoras cursante de fs. 35 a 36 vta.; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse Sentencia de 2 de abril de 2019, cursante de fs. 291 a 293, donde el Juez Público Civil y Comercial Nº 12 de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, declaró PROBADA en parte la demanda principal en cuanto a la reivindicación, desocupación y entrega de lote de terreno e IMPROBADA en cuanto al pago de daños y perjuicios por no haberse acreditado los mismos. Se declara PROBADA en parte la demanda reconvencional de pago de mejoras e IMPROBADA en lo que corresponde a la usucapión decenal extraordinaria.
2.Resolución de primera instancia que al haber sido recurrido de apelación por el demandado Wilber Cambara Poiqui, mediante memorial de fs. 296 a 300, fue resuelto mediante Auto de Vista Nº 67/2019 de 18 de julio, cursante de fs. 324 a 326, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar, Doméstica y Publica Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que en su parte dispositiva REVOCÓ la Sentencia de 2 de abril de 2019 cursante a fs. 291 a 293, del expediente de apelación y por consiguiente declaró IMPROBADA la demanda principal de 2 de diciembre de 2015 interpuesta por Diego Hernando Sanabria Salmón cursante de fs. 9 a 10 vta., y PROBADA la demanda reconvencional de usucapión decenal planteada por Wilber Cambara Poiqui de 28 de enero de 2016 cursante a fs. 35 a 36 vta
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 1067/2019 - RA
Sucre: 22 de octubre de 2019
Expediente: SC – 118 – 19 – S
Partes: Diego Hernando Sanabria Salmón c/ Wilber Cambara Poiqui.
Proceso: Reivindicación, desocupación y otros.
Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 339 a 346 vta., interpuesto por Diego Hernando Sanabria Salmón contra el Auto de Vista Nº 67/2019 de 18 de julio, cursante de fs. 324 a 326, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar, Doméstica y Publica Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso sobre reivindicación desocupación y otros, seguido por el recurrente contra Wilber Cambara Pioqui; la contestación cursante de fs. 351 a 355, el Auto de concesión de fs. 357; los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1.Con base al memorial de fs. 9 a 10 vta., Diego Hernando Sanabria Salmón inició proceso de reivindicación, desocupación, entrega de inmueble más daños y perjuicios; acción que fue dirigida contra Wilber Cambara Poiqui, quien una vez citado contesta a la demanda de manera negativa y plantea demanda reconvencional por usucapión decenal y declaratoria de propiedad de mejoras cursante de fs. 35 a 36 vta.; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse Sentencia de 2 de abril de 2019, cursante de fs. 291 a 293, donde el Juez Público Civil y Comercial Nº 12 de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, declaró PROBADA en parte la demanda principal en cuanto a la reivindicación, desocupación y entrega de lote de terreno e IMPROBADA en cuanto al pago de daños y perjuicios por no haberse acreditado los mismos. Se declara PROBADA en parte la demanda reconvencional de pago de mejoras e IMPROBADA en lo que corresponde a la usucapión decenal extraordinaria.
2.Resolución de primera instancia que al haber sido recurrido de apelación por el demandado Wilber Cambara Poiqui, mediante memorial de fs. 296 a 300, fue resuelto mediante Auto de Vista Nº 67/2019 de 18 de julio, cursante de fs. 324 a 326, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar, Doméstica y Publica Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que en su parte dispositiva REVOCÓ la Sentencia de 2 de abril de 2019 cursante a fs. 291 a 293, del expediente de apelación y por consiguiente declaró IMPROBADA la demanda principal de 2 de diciembre de 2015 interpuesta por Diego Hernando Sanabria Salmón cursante de fs. 9 a 10 vta., y PROBADA la demanda reconvencional de usucapión decenal planteada por Wilber Cambara Poiqui de 28 de enero de 2016 cursante a fs. 35 a 36 vta
