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    Auto Supremo AS/0710/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0710/2019

    Fecha: 29-Nov-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • I.1.- Sentencia
    • Más la actualización establecida por el artículo 9 del Decreto Supremo 28699 de 1 de
    • I.2.- Auto de Vista
    • En grado de apelación, mediante Auto de Vista Nº 44/2019 de 22 de febrero (fojas
    • Que, del referido auto de vista, José Luis Camacho Cabrera interpuso recurso de casación, cursante
    • Manifiesta que la demanda de beneficios sociales cumple con todas las formalidades del art
    • Continua y cita los siguientes Decretos Supremos: 0107, 0110, 11478 de 16 de mayo de
    • Petitorio
    • Concluyó, solicitando a este Tribunal “se anule la sentencia N° 24 de julio del año
    • III.- FUNDAMENTOS DE LA CONTESTACIÓN AL RECURSO
    • Jaime Colque Jorge en representación de la empresa demandada, presentó memorial de contestación del recurso
    • IV. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es menester realizar
    • Por otra parte, de conformidad con la amplia jurisprudencia, que ha sido desarrollada sobre la
    • Que, los recursos de "casación en el fondo" y "casación en la forma", son dos
    • En relación con lo expresado en el párrafo anterior, es oportuno aclarar que en la
    • A mayor abundamiento, también la jurisprudencia enseña que en casación se plantean cuestiones de derecho
    • Consiguientemente, bajo estos parámetros la forma de resolución también adopta una forma específica y diferenciada,
    • Continuando con lo precedentemente señalado, de la lectura del memorial de recurso de casación, de
    • En este contexto, se advierte que el recurrente planteó recurso de casación carente de técnica
    • Otro aspecto evidenciado en el recurso de casación, es la falta de critica legal del
    • Así, el recurso de casación está sometido a estrictos requisitos formales, de riguroso e indispensable
    • En efecto, el recurrente omitió precisar los errores in judicando en los que según su
    • V.- Conclusión
    • Que, en revisión a los parámetros y evidenciándose que el recurso en cuestión no se
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda, en ejercicio de
    • 2.-Anular el Auto Nº 122/2019-A de 16 de abril, cursante a fs. 469 y vta
    • 3
    • Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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