En relación con lo expresado en el párrafo anterior, es oportuno aclarar que en la
En relación con lo expresado en el párrafo anterior, es oportuno aclarar que en la interposición del recurso de casación, sea en el fondo, en la forma o ambos, se ha convertido en costumbre, dar por entendido que se debe aplicar el principio iura novit curia; sin embargo, se debe tener presente, como expresa Juan Carlos Lozano Bambarén en su obra, Recurso de Casación Civil, Editora Jurídica Grijley, primera edición, Lima, 2005, p. 173-174, que dicho principio “…sólo rige en las instancias de mérito, pues son éstas las que aprecian y valoran las pruebas, establecen la relación fáctica y determinan el derecho aplicable. La Corte Suprema no conoce los hechos, no aprecia prueba y sólo se pronuncia sobre el derecho invocado en el recurso de casación, y en su caso sobre aquellos vicios que atentan contra el debido proceso. De donde resulta claro que el citado principio procesal no es aplicable en el recurso de casación”
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- I.1.- Sentencia
- Más la actualización establecida por el artículo 9 del Decreto Supremo 28699 de 1 de
- I.2.- Auto de Vista
- En grado de apelación, mediante Auto de Vista Nº 44/2019 de 22 de febrero (fojas
- Que, del referido auto de vista, José Luis Camacho Cabrera interpuso recurso de casación, cursante
- Manifiesta que la demanda de beneficios sociales cumple con todas las formalidades del art
- Continua y cita los siguientes Decretos Supremos: 0107, 0110, 11478 de 16 de mayo de
- Petitorio
- Concluyó, solicitando a este Tribunal “se anule la sentencia N° 24 de julio del año
- III.- FUNDAMENTOS DE LA CONTESTACIÓN AL RECURSO
- Jaime Colque Jorge en representación de la empresa demandada, presentó memorial de contestación del recurso
- IV. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es menester realizar
- Por otra parte, de conformidad con la amplia jurisprudencia, que ha sido desarrollada sobre la
- Que, los recursos de "casación en el fondo" y "casación en la forma", son dos
- En relación con lo expresado en el párrafo anterior, es oportuno aclarar que en la
- A mayor abundamiento, también la jurisprudencia enseña que en casación se plantean cuestiones de derecho
- Consiguientemente, bajo estos parámetros la forma de resolución también adopta una forma específica y diferenciada,
- Continuando con lo precedentemente señalado, de la lectura del memorial de recurso de casación, de
- En este contexto, se advierte que el recurrente planteó recurso de casación carente de técnica
- Otro aspecto evidenciado en el recurso de casación, es la falta de critica legal del
- Así, el recurso de casación está sometido a estrictos requisitos formales, de riguroso e indispensable
- En efecto, el recurrente omitió precisar los errores in judicando en los que según su
- V.- Conclusión
- Que, en revisión a los parámetros y evidenciándose que el recurso en cuestión no se
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda, en ejercicio de
- 2.-Anular el Auto Nº 122/2019-A de 16 de abril, cursante a fs. 469 y vta
- 3
- Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
