Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es menester realizar
Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es menester realizar las siguientes consideraciones:
Antes de ingresar en el análisis de la problemática planteada, se debe dejar claramente establecido que el memorial de interposición del recurso carece en absoluto de técnica jurídica y pericia procesal, limitándose a transcribir antecedentes del proceso y memoriales anteriores, para luego señalar que el auto de vista carece de fundamentación al no adecuarse a las normas jurídicas; sin embargo, dicho recurso se trata de un memorial inentendible y superficial, que refiere que se recurre de casación en el fondo, sin ni siquiera especificarlo en su contenido, menos aún incluye una mínima fundamentación a sus aseveraciones, de donde resulta un recurso inviable
Antes de ingresar en el análisis de la problemática planteada, se debe dejar claramente establecido que el memorial de interposición del recurso carece en absoluto de técnica jurídica y pericia procesal, limitándose a transcribir antecedentes del proceso y memoriales anteriores, para luego señalar que el auto de vista carece de fundamentación al no adecuarse a las normas jurídicas; sin embargo, dicho recurso se trata de un memorial inentendible y superficial, que refiere que se recurre de casación en el fondo, sin ni siquiera especificarlo en su contenido, menos aún incluye una mínima fundamentación a sus aseveraciones, de donde resulta un recurso inviable
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- I.1.- Sentencia
- Más la actualización establecida por el artículo 9 del Decreto Supremo 28699 de 1 de
- I.2.- Auto de Vista
- En grado de apelación, mediante Auto de Vista Nº 44/2019 de 22 de febrero (fojas
- Que, del referido auto de vista, José Luis Camacho Cabrera interpuso recurso de casación, cursante
- Manifiesta que la demanda de beneficios sociales cumple con todas las formalidades del art
- Continua y cita los siguientes Decretos Supremos: 0107, 0110, 11478 de 16 de mayo de
- Petitorio
- Concluyó, solicitando a este Tribunal “se anule la sentencia N° 24 de julio del año
- III.- FUNDAMENTOS DE LA CONTESTACIÓN AL RECURSO
- Jaime Colque Jorge en representación de la empresa demandada, presentó memorial de contestación del recurso
- IV. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es menester realizar
- Por otra parte, de conformidad con la amplia jurisprudencia, que ha sido desarrollada sobre la
- Que, los recursos de "casación en el fondo" y "casación en la forma", son dos
- En relación con lo expresado en el párrafo anterior, es oportuno aclarar que en la
- A mayor abundamiento, también la jurisprudencia enseña que en casación se plantean cuestiones de derecho
- Consiguientemente, bajo estos parámetros la forma de resolución también adopta una forma específica y diferenciada,
- Continuando con lo precedentemente señalado, de la lectura del memorial de recurso de casación, de
- En este contexto, se advierte que el recurrente planteó recurso de casación carente de técnica
- Otro aspecto evidenciado en el recurso de casación, es la falta de critica legal del
- Así, el recurso de casación está sometido a estrictos requisitos formales, de riguroso e indispensable
- En efecto, el recurrente omitió precisar los errores in judicando en los que según su
- V.- Conclusión
- Que, en revisión a los parámetros y evidenciándose que el recurso en cuestión no se
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda, en ejercicio de
- 2.-Anular el Auto Nº 122/2019-A de 16 de abril, cursante a fs. 469 y vta
- 3
- Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
