La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I núm. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 1315 a 1317 vta., interpuesto por Luis Oni Torrez Ortega por sí y por CONTECO & Ltda., Ivette Sanjinés de Torrez, Guillermo Torrez Gómez Ortega, Noemí Villagómez de Torrez, Alberto Sotocorno Gómez Ortega y Patricia Vera de Sotocorno contra el Auto de Vista de 22 de julio de 2019, cursante de fs. 1295 a 1301 vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Rodríguez
- Proceso: Nulidad de ventas
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
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- 1. De la resolución impugnada. Análisis de impugnabilidad
- 2. Del plazo y cómputo de presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- En el caso de Autos, Luis Oni Torrez Ortega por sí y por CONTECO &
- 4. Del contenido del recurso de casación
- Del recurso de casación de la parte demandante, se extractan algunos de los agravios relevantes
- b) Acusaron que el Auto de Vista no haber efectuó una adecuada fundamentación de normativa
- De esta manera solicita la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de
- En consecuencia, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
