CONSIDERANDO I: Que a través de las Notas REB Nº 7162/18 y 296, dirigidas
CONSIDERANDO I: Que a través de las Notas REB Nº 7162/18 y 296, dirigidas por la Embajada de la República Argentina al Ministerio de Relaciones Exteriores-Dirección General de Asuntos Jurídicos de Bolivia, formalizó el pedido de extradición del ciudadano boliviano Javier Castillo Cruz, requerido por el delito de abuso sexual calificado (art. 119 del Código Penal Argentino) causa Nº IPP 06-00-006330-15/00 formulado por el Juez Jorge F. Moya Panisello del Juzgado de Garantías N° 2, de La Plata, Provincia Buenos Aires - Argentina, señalando que adjunta la documentación correspondiente
- AUTO SUPREMO: 18/2019
- FECHA: Sucre, 14 de febrero de 2019
- EXPEDIENTE: 12/2018
- PROCESO : Detención Preventiva con Fines de Extradición
- PARTES: A solicitud de la Embajada de la República Argentina contra Javier Castillo Cruz
- MAGISTRADO TRAMITADOR: Juan Carlos Berrios Albizu
- VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de Extradición del ciudadano boliviano Javier Castillo Cruz, formulada
- CONSIDERANDO I: Que a través de las Notas REB Nº 7162/18 y 296, dirigidas
- Conforme lo dispone el art
- El trámite de extradición de ninguna manera determina la inocencia o culpabilidad de la persona
- Las Relaciones Internacionales en materia de Extradición entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la
- En cuanto a la extradición el mismo Tratado en sus arts
- En el caso de autos, del análisis de los antecedentes y la documentación complementaria remitidos
- En base a estos antecedentes descritos, se le imputó la comisión del delito de Abuso
- CONSIDERANDO II: De los antecedentes, se puede establecer que la República Argentina a través del
- En consecuencia, no existen causas que hagan improcedente la solicitud formulada en el marco del
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Comuníquese al Ministerio de Relaciones Exteriores y por su intermedio a la Honorable Embajada de
- Regístrese, notifíquese, archívese
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