Auto Supremo AS/0030/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0030/2019-RA

Fecha: 01-Feb-2019

Con relación al único motivo, en el que señalan que en el Auto de Vista


IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

Conforme a lo normado en el art. 417 del CPP, el plazo máximo para la interposición del recurso de casación es de cinco días, verificándose en el presente caso que los recurrentes fueron notificados con el Auto de Vista el 31 de octubre y 8 de noviembre del 2018, planteando su recurso de casación el 8 de noviembre de 2018, extremo que evidencia que dicho medio de impugnación se planteó dentro del plazo legal, teniendo en cuenta que el día 2 de noviembre de 2018 fue feriado nacional por (Día de todos los difuntos); por lo tanto, corresponde verificar a continuación el cumplimiento de los demás requisitos.

Con relación al único motivo, en el que señalan que en el Auto de Vista desconoció lo previsto en los arts. 413 y 414 del CPP, con relación a los arts. 113 y 114 de la misma norma, al no corregir los defectos de la Sentencia, la cual hubiera aplicado de manera errónea el art. 351 del CP, porque no se demostraron los elementos del tipo penal de Despojo y sin embargo de ello, se les condenó; sin considerar la inexistencia de evidencia alguna que los vincule con la comisión de dicho delito siendo que los testigos de cargo entraron en contradicción y otros son meramente referenciales; asimismo, refiere que debió aplicarse la duda razonable y procederse a su absolución; y por el contrario, ante el evidente error de la Sentencia el Tribunal de Alzada en lugar de corregir dichas observaciones en aplicación del art 413 del CPP con relación al 363 del CPP, confirma la Sentencia apelada