Asimismo, los incisos 2), 3), 4), 5), 6) y 8) del artículo 505 del CPC-2013
Asimismo, los incisos 2), 3), 4), 5), 6) y 8) del artículo 505 del CPC-2013 señalan que las resoluciones de los tribunales extranjeros podrán ser ejecutadas cuando “la Sentencia y documentación anexa se encuentren debidamente legalizadas conforme a la legislación boliviana excepto que ella fuere remitida por vía diplomática o consular o por intermedio de las autoridades administrativas competentes, se encuentren debidamente traducidas si fueren dictadas en idioma distinto al castellano, asimismo que la autoridad judicial que expidió la sentencia, tenga jurisdicción en la esfera internacional para asumir conocimiento de la causa, de acuerdo con las normas de propio derecho, excepto que la materia fuere de jurisdicción exclusiva de autoridades judiciales bolivianas, la parte demandada hubiere sido legalmente citada o emplazada de acuerdo con el derecho del tribunal sentenciador extranjero, se hubiera respetado los principios del debido proceso y la sentencia no sea contraria al orden público internacional”
- AUTO SUPREMO: 36/2019
- FECHA: Sucre, 20 de febrero de 2019
- EXPEDIENTE: 11/2018
- PROCESO : Homologación de Sentencia
- PARTES: Vicenta Rojas Arroyo contra Sandro Terrazas Justiniano
- MAGISTRADO TRAMITADOR: Marco Ernesto Jaimes Molina
- VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de fojas 31 a 32, presentada por Catty Mariela
- CONSIDERANDO: Que, Catty Mariela Eterovic Encina, acreditando representación legal de Vicenta Rojas Arroyo a través
- Que, a fin de hacer procedente la homologación de la Sentencia descrita precedentemente, la representante
- Agregó que el obligado se comprometió en el Acta de 27 de enero de 2016
- Ante la solicitud en análisis se emitió el proveído de admisión que discurre a fojas
- Más adelante mediante memorial de fs
- Citado con la presente acción el obligado de asistencia familiar (fs
- CONSIDERANDO: Qué, según dispone el artículo 502 del Código Procesal Civil (CPC-2013), las sentencias y
- Que, el artículo 504 numeral I), de la misma norma adjetiva, dispone que, si no
- Asimismo, los incisos 2), 3), 4), 5), 6) y 8) del artículo 505 del CPC-2013
- Que, revisada la Sentencia de Asistencia Familiar pronunciada el 27 de enero de 2016 por
- De lo precedentemente expuesto, se concluye que al no existir disposiciones incompatibles con nuestro ordenamiento
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por
- Consecuentemente, en aplicación a la norma contenida en el artículo 507
- A ese efecto, por secretaría de Sala Plena, líbrese provisión ejecutoria adjuntándose copia legalizada de
- No interviene el Magistrado Olvis Egüez Oliva por encontrarse en comisión de viaje oficial
- Regístrese, notifíquese, archívese
- 1
