CONSIDERANDO III: Que, con el propósito de determinar la legalidad o ilegalidad del recurso de
CONSIDERANDO III: Que, con el propósito de determinar la legalidad o ilegalidad del recurso de compulsa en estudio, se considera imprescindible realizar el siguiente análisis:
En el sistema procesal boliviano, el Recurso de Compulsa constituye una vía de impugnación de la decisión judicial que, de manera indebida o ilegal, niega o rechaza la concesión de los Recursos de Apelación o de Casación o, en su caso, concede la apelación de manera incorrecta
- AUTO SUPREMO: 45/2019
- FECHA: Sucre, 27 de febrero de 2019
- EXPEDIENTE: 01/2019
- PROCESO : Recurso de Compulsa
- PROCEDENCIA: Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia
- INTERPUESTO POR: Asociación Accidental Bv Porvenir Tramo I, representado por Diego Alberto Villarroel Salvatierra
- VISTOS EN SALA PLENA: El Recurso de Compulsa de fs
- CONSIDERANDO I: Que, Diego Alberto Villarroel Salvatierra en representación legal de la Asociación Accidental Bv
- Que, el compulsante manifiesta que debe ser concedido el recurso de compulsa por los siguientes
- - Que el Auto de fecha
- - La norma procesal a ser
- - El recurso de compulsa debe
- Bajo el epígrafe “Fundamentos Jurídicos del Recurso de Compulsa” y en relación a la
- Agrega el compulsante que, el Auto señalado realiza una aplicación incorrecta del art
- Finalmente, acotó que el recurso de apelación debió ser concedido de acuerdo al art
- Concluye el fundamento del Recurso en análisis con el petitorio en sentido que se declare
- CONSIDERANDO II: Que, ante los fundamentos del recurso de compulsa, precedentemente resumidos, los antecedentes que
- Conforme informan los antecedentes del cuadernillo de Compulsa, el origen de todos los actuados
- El demandante presentó el memorial de fs
- Contra la resolución antedicha, el demandante formuló Recurso de Apelación en los términos del memorial
- CONSIDERANDO III: Que, con el propósito de determinar la legalidad o ilegalidad del recurso de
- Este recurso tiene una doble finalidad: a) Protege a las partes que intervienen en el
- Consecuentemente, el Recurso de Compulsa ha sido concebido para determinar si la negativa de la
- El art
- Consecuentemente, en mérito a la norma glosada precedentemente, corresponde analizar si la negativa en la
- Al fin antes indicado, debe tenerse presente que la demanda contenciosa, en cuanto a su
- La Ley Nº 620 además de regir los procesos señalados establece nuevas competencias para el
- De igual manera, la Ley Nº 620 crea un “especial” sistema recursivo, únicamente para el
- Ahora bien, en el caso que se analiza, la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y
- Dicho de otro modo, el sistema recursivo establecido para el proceso contencioso únicamente prevé el
- A mayor abundamiento, si bien es cierta la afirmación del compulsante en sentido que
- En consecuencia, el Auto de fecha 1 de octubre de 2018 no pudo ser impugnado
- A mayor abundamiento, debe decirse que en el caso de análisis tampoco existe afectación de
- Por lo expuesto, está claro que el Tribunal compulsado ha obrado correctamente y aplicado adecuadamente
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- No intervienen la señora Decana María Cristina Díaz Sosa, ni el señor Magistrado Esteban Miranda
- Regístrese, notifíquese, devuélvase
- 1
