Auto Supremo AS/0061/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0061/2019-RA

Fecha: 06-Feb-2019

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

Por Sentencia 07/2014 de 6 de noviembre (1240 vta. a 1243), mediante procedimiento abreviado el Juez de Instrucción Penal Onceavo del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a William Mejía Rosales autor de la comisión del delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del CP, imponiendo la pena de tres años de reclusión más el pago de costas y eventual reparación de daños y perjuicios a instancia de la víctima.

Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Freddy Veliz Apaza interpuso recurso de apelación restringida (fs. 1280 a 1283 vta.), resuelto por Auto de Vista de 23 de agosto de 2017, dictado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que rechazó y declaró inadmisible, el recurso planteado; consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.

Por diligencia de 7 de noviembre de 2017 (fs. 1306), el recurrente fue notificado con el Auto de Vista impugnado; y, el 13 del mismo mes y año, interpuso el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad