CONSIDERANDO I
Proceso: Cumplimiento de contrato y pago de monto adeudado.
Distrito: Sucre.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 175 a 177 vta., presentado por Flora Serrudo Gonzales de la Madrid impugnando el Auto de Vista Nº SCCI -7/2019 de 7 de enero de fs. 170 a 173, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, en el proceso ordinario de cumplimiento de contrato y pago de monto adeudado, interpuesto por la recurrente contra Julián Medrano Ayala, Auto de Concesión de 11 de febrero de 2019 de fs. 185; todo lo inherente; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Planteada la demanda ordinaria de cumplimiento de contrato y pago de monto adeudado de fs. 63 a 64 vta., subsanada de fs. 67 a 68 vta., interpuesta por Flora Serrudo Gonzales de la Madrid, se tramitó el proceso hasta la emisión de la Sentencia pronunciada el 28 de septiembre de 2018 por el Juez Décimo Público en Materia Civil y Comercial del Tribunal Departamental de Chuquisaca (fs. 149 vta., a 152) con la que se declaró PROBADA la demanda de cumplimiento de contrato y pago de monto adeudado de de fs. 63 a 64 vta., subsanada de fs. 67 a 68 vta.
2. Apelada la sentencia por la parte demandada, la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emitió el Auto de Vista Nº SCCI-7/2019 de 7 de enero que cursa de fs. 170 a 173, que revocó la Sentencia Nº 131/2018 de 28 de septiembre, declarando en el fondo IMPROBADA la demanda.
3. Notificada Flora Serrudo Gonzales de la Madrid el 9 de enero del 2019 presentó recurso de casación de fs. 175 a 177 vta., el 24 de enero del año que transcurre
Distrito: Sucre.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 175 a 177 vta., presentado por Flora Serrudo Gonzales de la Madrid impugnando el Auto de Vista Nº SCCI -7/2019 de 7 de enero de fs. 170 a 173, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, en el proceso ordinario de cumplimiento de contrato y pago de monto adeudado, interpuesto por la recurrente contra Julián Medrano Ayala, Auto de Concesión de 11 de febrero de 2019 de fs. 185; todo lo inherente; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Planteada la demanda ordinaria de cumplimiento de contrato y pago de monto adeudado de fs. 63 a 64 vta., subsanada de fs. 67 a 68 vta., interpuesta por Flora Serrudo Gonzales de la Madrid, se tramitó el proceso hasta la emisión de la Sentencia pronunciada el 28 de septiembre de 2018 por el Juez Décimo Público en Materia Civil y Comercial del Tribunal Departamental de Chuquisaca (fs. 149 vta., a 152) con la que se declaró PROBADA la demanda de cumplimiento de contrato y pago de monto adeudado de de fs. 63 a 64 vta., subsanada de fs. 67 a 68 vta.
2. Apelada la sentencia por la parte demandada, la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emitió el Auto de Vista Nº SCCI-7/2019 de 7 de enero que cursa de fs. 170 a 173, que revocó la Sentencia Nº 131/2018 de 28 de septiembre, declarando en el fondo IMPROBADA la demanda.
3. Notificada Flora Serrudo Gonzales de la Madrid el 9 de enero del 2019 presentó recurso de casación de fs. 175 a 177 vta., el 24 de enero del año que transcurre
- Partes: Flora Serrudo Gonzales de la Madrid c/ Julián Medrano Ayala
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- II. 2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II. 3. De la legitimación procesal
- De la revisión del recurso de casación de fs
- Peticionando en definitiva, casar el Auto de Vista impugnado, declarando probada la pretensión de la
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
