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2. Notificadas con la sentencia las partes, Ruth Hinojosa Heredia impugna dicha resolución mediante recurso de apelación cursante de fs. 372 a 383, que fue resuelto por Auto de Vista Nº REG/SCII/ASEN.067 de 20 de julio de 2018, cursante de fs. 545 a 554, que en su parte dispositiva revoca totalmente la sentencia apelada de 26 de enero de 2016.
3. Notificado el demandante con la resolución de segunda instancia, que revocó la sentencia en referencia al recurso de apelación presentado por la demandada, impugna de casación, el 23 de octubre del año 2018, según cargo de fs. 561
3. Notificado el demandante con la resolución de segunda instancia, que revocó la sentencia en referencia al recurso de apelación presentado por la demandada, impugna de casación, el 23 de octubre del año 2018, según cargo de fs. 561
- Proceso: Usucapión Decenal o Extraordinaria
- Distrito: Cochabamba
- CONSIDERANDO I
- 3
- CONSIDERANDO II
- II.1. De la resolución impugnada
- II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II.3. De la legitimación procesal
- En el caso de autos, el recurrente al haber sido notificado con la resolución de
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
