En cuanto a los argumentos del recurso de casación, el recurrente denuncia -luego de rememorar
En cuanto a los argumentos del recurso de casación, el recurrente denuncia -luego de rememorar los fundamentos del Tribunal de alzada, respecto a la inaplicabilidad de la Tentativa en ilícitos comprendidos por la Ley 1008-, la vulneración al principio de presunción de inocencia por parte del Tribunal de alzada, al no disponer el reenvío del juicio, ante los argumentos y agravios vertidos por su persona
- Por memorial presentado el 2 de enero de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Tito Gallardo Quiroga interpuso recurso de apelación restringida (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que Tito Gallardo Quiroga fue notificado con el
- En cuanto a los argumentos del recurso de casación, el recurrente denuncia -luego de rememorar
- Empero, previo al análisis de admisibilidad del motivo señalado, corresponde precisar que esta Sala Penal
- Ahora bien, puntualizadas las consideraciones del párrafo precedente, se advierte de la formulación del motivo
- Asimismo, si bien el recurrente alega infracción a la presunción de inocencia; empero, no fundamenta
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
