De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
La parte recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado se efectuó un resumen de las declaraciones de los testigos en el juicio oral, y ante la inexistencia de prueba incriminatoria, se debía anular la Sentencia y disponer la reposición del juicio por otro juez o tribunal, para ello se invocó en su oportunidad precedentes contradictorios, mismos que no fueron considerados, como tampoco se analizó las declaraciones de los testigos presenciales de descargo, y menos se efectuó un debido estudio de las demás pruebas, por lo tanto “han incurrido en una defectuosa valoración de la prueba ofrecida de mi parte” (sic).
Acusa el recurrente que el Auto de Vista impugnado no consideró el aparente concurso de delitos, limitándose a confirmarlo, como tampoco analizó las agravantes y las atenuantes. Invocando en calidad de precedentes contradictorios a los Autos Supremos 125/2013-RRC de 10 de mayo, “50/2007 de 27 de enero” y “171/2007 de 6 de febrero”.
II. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP)
- Por memorial presentado el 24 de diciembre de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- Asimismo, se aclara que si bien el recurrente efectúa una “fundamentación legal” (sic), respecto a
- Respecto al motivo segundo, la parte recurrente acusa que el Tribunal de alzada no consideró
- En relación a lo anterior, la Sala Penal determina que el recurrente invocó en calidad
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- FDO
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque
