Auto Supremo AS/0141/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0141/2019-RA

Fecha: 12-Mar-2019

En cuanto al segundo agravio traído en casación, el recurrente denuncia la vulneración al debido


En cuanto al segundo agravio traído en casación, el recurrente denuncia la vulneración al debido proceso y la seguridad jurídica ante el pronunciamiento ultrapetita por parte del Tribunal de alzada en la resolución de la apelación restringida interpuesta por la víctima, del cual se advierte también el incumplimiento de las previsiones establecidas en los arts. 416 y 417 del CPP; toda vez, que el recurrente a tiempo de fundamentar su agravio, se limitó a la simple cita y transcripción de glosas parciales de doctrina inmersas en el Auto Supremo 317/2017 invocado como precedente contradictorio, sin establecer mínimamente y en términos claros y precisos, cuál la contradicción de este con el Auto de Vista recurrido, razón por la cual se deja expresa constancia que no será tomado en cuenta para el análisis de fondo del motivo en análisis; sin embargo, se observa que el recurrente, a tiempo de precisar la vulneración al debido proceso y seguridad jurídica, proporcionó los antecedentes generadores de su recurso, explicitando que la víctima de manera oral interpuso un recurso sin fundamentos y sin expresión de agravios; asimismo, detalló en qué consistieron las omisiones y deficiencias en que hubiere incurrido el señalado Tribunal –no observar lo requisitos de admisibilidad del recurso de apelación restringida; y, pronunciarse sobre el fondo de cuestiones no reclamadas en alzada-; y, el resultado dañoso emergente del defecto: procedencia del recurso que anula la Resolución de origen. En consecuencia, se observa el cumplimiento de los presupuestos de flexibilización y por ende, resulta viable la admisibilidad del motivo expuesto en forma extraordinaria