Conforme se puede apreciar del recurso de casación, la parte recurrente no realiza invocación de
Conforme se puede apreciar del recurso de casación, la parte recurrente no realiza invocación de precedente contradictorio alguno; empero, efectúa la exposición de motivos encaminados a sustentar una supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, bajo cuyo aspecto se ha centralizado el recurso de casación, al no haber dado respuesta el Tribunal de alzada a los tres aspectos cuestionados en apelación restringida, sobre los que simplemente se ha dispuesto su rechazo por Auto de Vista, pese de haberse dado cumplimiento al art. 399 del CPP, por la parte recurrente. Entonces, habiendo sustentado los antecedentes sobre los que emerge la supuesta afectación del derecho a la tutela judicial efectiva, así como de haber expuesto en qué consistiría la vulneración incoada, indicando el agravio y el resultado dañoso, haciendo permisible poder admitir el recurso vía flexibilización, para que en el fondo, el Tribunal de casación, proceda a verificar la efectiva vulneración o no del art. 115 par. II de la CPE, con relación a los arts. 398 y 399 del CPP; por lo que se deja constancia a los fines posteriores
- Por memorial presentado el 10 de enero de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, Martín Flores Castro interpuso recurso de apelación restringida (fs
- Por diligencia de 3 de enero 2019 (fs
- II. SOBRE LOS MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El derecho de Impugnación encuentra su fundamento en el art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, también asumido en el Auto Supremo 118/2015-RRC de 24 de febrero, no implica
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En el recurso de casación, el recurrente denuncia vulneración a la tutela judicial efectiva por
- Conforme se puede apreciar del recurso de casación, la parte recurrente no realiza invocación de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- FDO
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque
