Auto Supremo AS/0155/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0155/2019-RA

Fecha: 26-Mar-2019

Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo


Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:

El recurrente amparado en el art. 416 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y haciendo énfasis a vulneraciones incurridas, interpone recurso de casación, bajo los siguientes adeptos:

Denuncia vulneración a la tutela judicial efectiva por incumplimiento de los arts. 398 del CPP y 115 de la Constitución Política del Estado (CPE), considerando que en el recurso de apelación se impugnaron tres aspectos, sobre los cuales se dispuso la subsanación, cuyos argumentos fueron rechazados en alzada. Exponiendo los motivos del primer aspecto en apelación, refiere que los Vocales faltaron a la verdad, ya que el memorial de subsanación contiene los aspectos subsanados, puesto que en aplicación del art. 396 inc. 3) del CPP, mediante el memorial de 20 de junio de 2018, se hizo conocer en qué parte del Auto confutado se encontraban los aspectos cuestionados, enunciando las normas vulneradas como las del art. 115 de la CPE, así como las reglas de la sana crítica de acuerdo al Auto Supremo 515/2006 de 16 de noviembre, los arts. 124 y 370 inc. 6) del CPP. En cuanto al segundo motivo de apelación, de igual forma se aludieron los arts. 115 de la CPE y 124 y 370 inc. 3) del CPP; así como también lo referido en el tercer motivo, respecto al art. 370 inc. 1) del CPP.

En ese entendido, refiere que el Auto de Vista a la luz de la Sentencia Constitucional 0898/2012 de 22 de agosto, y la norma constitucional, no ha dado una respuesta lógica, razonada y motivada a los agravios impugnados, siendo que se habría dado cumplimiento en forma y tiempo a la presentación del recurso y su subsanación, limitándose a realizar meras transcripciones para sostener de manera genérica que no se hubiere cumplido los parámetros de subsanación, por lo que el Tribunal de apelación no dio una respuesta a los aspectos cuestionados en vulneración de la tutela judicial efectiva, incumpliendo lo previsto por el art. 115.II de la CPE