Por memorial presentado el 30 de enero de 2019, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 209/2019-RA
Sucre, 11 de abril de 2019
Expediente: Tarija 19/2019
Parte Acusadora : Rodrigo Ramallo Zamora
Parte Imputada: Walter Cayguara Tejerina y otra
Delitos : Despojo y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 30 de enero de 2019, cursante de fs. 311 a 324 vta., Rodrigo Ramallo Zamora interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 39/2018 de 9 de octubre, de fs. 272 a 274 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el recurrente contra Walter Cayguara Tejerina y Epifania Cari Guerrero, por la presunta comisión de los delitos de Despojo y Perturbación de Posesión, previstos y sancionados por los arts. 351 y 353 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 209/2019-RA
Sucre, 11 de abril de 2019
Expediente: Tarija 19/2019
Parte Acusadora : Rodrigo Ramallo Zamora
Parte Imputada: Walter Cayguara Tejerina y otra
Delitos : Despojo y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 30 de enero de 2019, cursante de fs. 311 a 324 vta., Rodrigo Ramallo Zamora interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 39/2018 de 9 de octubre, de fs. 272 a 274 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el recurrente contra Walter Cayguara Tejerina y Epifania Cari Guerrero, por la presunta comisión de los delitos de Despojo y Perturbación de Posesión, previstos y sancionados por los arts. 351 y 353 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 30 de enero de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Rodrigo Ramallo Zamora, interpuso recurso de apelación restringida
- Por diligencia de 23 de enero 2019 (fs
- II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Alega que en apelación sustentó vulneración de la garantía constitucional del debido proceso por falta
- El derecho de Impugnación encuentra su fundamento en el art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, también asumido en el Auto Supremo 118/2015-RRC de 24 de febrero, no implica
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- El recurrente en el recurso de casación, alegó que en apelación sustentó la vulneración de
- Ingresando al análisis del recurso de casación, se puede establecer en primer lugar que el
- Un segundo aspecto identificado en el recurso de casación, resalta por el hecho que el
- Atendiendo lo compulsado por esta Sala de casación, se hace evidente por parte del recurrente,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
