POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
Fundamentos mediante los cuales solicita se anule de forma parcial el Auto de Vista en lo que respecta a la incompetencia en razón de materia.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISION de los recursos de casación cursante de fs. 251 a 256 y de fs. 259 a 262 vta. interpuestos por David Zarzar Suarez y Ruth Zarzar Álvarez respectivamente ambos contra el Auto de Vista Nº 19/2019 de fecha 17 de enero, cursante de fs. 246 a 249, pronunciado por la Sala Primera Civil, Comercial, Familia, Niñez y Violencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISION de los recursos de casación cursante de fs. 251 a 256 y de fs. 259 a 262 vta. interpuestos por David Zarzar Suarez y Ruth Zarzar Álvarez respectivamente ambos contra el Auto de Vista Nº 19/2019 de fecha 17 de enero, cursante de fs. 246 a 249, pronunciado por la Sala Primera Civil, Comercial, Familia, Niñez y Violencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz
- Auto Supremo: 311/2019-RA
- Partes: Ruth Zarzar Álvarez c/ David Zarzar Suarez
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista Nº 19/2019 de fecha 17 de enero, cursante de
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la papeleta de notificación
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del contenido del recurso de casación
- a) Que el Auto de Vista debió enmarcarse en lo establecido en el art
- De esta manera, solicita la emisión de un Auto supremo que case parcialmente el Auto
- 4
- b) Que el tribunal de alzada al disponer la incompetencia en razón de materia del
- c) Que dentro el Auto de Vista no se aplicó lo determinado por el art
- d) Que el Auto de Vista viola los principios constitucionales de motivación y fundamentación, dado
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
