En atención a la carga procesal de esta sala, la causa aguarde turno para ulterior
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num.1) de la Ley del Órgano Judicial, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 391 a 396, interpuesto por Octavio Villán Villanueva, impugnando el Auto de Vista de 29 de enero de 2019 cursante de fs. 383 a 385, emitido por la Sala Tercera Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz.
En atención a la carga procesal de esta sala, la causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
En atención a la carga procesal de esta sala, la causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Auto Supremo: 364/2019-RA
- Proceso: Nulidad de contrato
- CONSIDERANDO II
- 2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- Denunció que el Tribunal de alzada incumplió con el art
- En el fondo
- Formulación de reclamos que constituyen la expresión de agravios del recurso de casación que cumplen
- En atención a la carga procesal de esta sala, la causa aguarde turno para ulterior
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
