3. De la legitimación procesal
De acuerdo a la diligencia de notificación cursante a fs. 280 del expediente, se establece que la recurrente fue notificada con el auto de vista el 15 de febrero de 2019, y el recurso de casación de acuerdo al timbre electrónico de fs. 281, fue presentado el 28 de febrero de 2019, en el plazo establecido en el artículo 273 del Código Procesal Civil, es decir; dentro los diez días hábiles.
3. De la legitimación procesal
3. De la legitimación procesal
- Expediente: B-5-19-S
- Distrito: Beni
- CONSIDERANDO I
- En el marco de lo preceptuado en el art
- 1. De la resolución impugnada
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- 4.- Del Contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Debiendo proseguir el trámite conforme a ley
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
