VISTOS: El recurso de casación de fs
Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 1075 a 1077 vta., presentado por Mary Wilma Parada de Roca, impugnando el Auto de Vista Nº 157/2018 de 19 de septiembre, pronunciado por la Sala Cuarta Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, cursante de fs. 1068 a 1069 vta., dentro el proceso ordinario de acción reivindicatoria y otros, seguido por la recurrente contra Ana Coral Santibañez Yugar, Juanito Ramírez Méndez, Anita Patricia Leigue Villagómez, Eva Condori, Ruth Mery Camacho Peña, Adán Camacho Álvarez y Briyid Cuellar; Auto de Concesión de 14 de marzo de 2019 cursante a fs. 1083; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Mary Wilma Parada de Roca inicio demanda contra Ana Coral Santibañez Yugar, Juanito Ramírez Méndez, Anita Patricia Leigue Villagómez; Eva Condori, Ruth Mery Camacho Peña, Adán Camacho Álvarez y Briyid Cuéllar por escrito de fs. 26 a 30 vta., y complementada de fs. 37 a 39 vta., fs. 41 y 53 a 55 vta., por reivindicación, desocupación del inmueble y pago de daños y perjuicios; apersonándose y contestando Ana Coral Santibañez Yugar mediante memorial de fs. 115 a 120, rechazando la demanda y oponiendo excepción perentoria y prescripción interponiendo demanda reconvencional por acción negatoria y pago de daños y perjuicios.
Tramitado el proceso ordinario se emitió la Sentencia de 28 de julio de 2017, pronunciado por el Juez Público Civil y Comercial Nº 15 de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, cursante de fs. 1014 a 1019, que declaró IMPROBADA la demanda principal y PROBADA la excepción perentoria de mejor derecho de propiedad e IMPROBADA la demanda reconvencional de acción negatoria de derechos y pago de daños y perjuicios.
Resolución de primera instancia que fue apelada por la parte demandante mediante escrito de fs. 1023 a 1033 vta
VISTOS: El recurso de casación de fs. 1075 a 1077 vta., presentado por Mary Wilma Parada de Roca, impugnando el Auto de Vista Nº 157/2018 de 19 de septiembre, pronunciado por la Sala Cuarta Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, cursante de fs. 1068 a 1069 vta., dentro el proceso ordinario de acción reivindicatoria y otros, seguido por la recurrente contra Ana Coral Santibañez Yugar, Juanito Ramírez Méndez, Anita Patricia Leigue Villagómez, Eva Condori, Ruth Mery Camacho Peña, Adán Camacho Álvarez y Briyid Cuellar; Auto de Concesión de 14 de marzo de 2019 cursante a fs. 1083; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Mary Wilma Parada de Roca inicio demanda contra Ana Coral Santibañez Yugar, Juanito Ramírez Méndez, Anita Patricia Leigue Villagómez; Eva Condori, Ruth Mery Camacho Peña, Adán Camacho Álvarez y Briyid Cuéllar por escrito de fs. 26 a 30 vta., y complementada de fs. 37 a 39 vta., fs. 41 y 53 a 55 vta., por reivindicación, desocupación del inmueble y pago de daños y perjuicios; apersonándose y contestando Ana Coral Santibañez Yugar mediante memorial de fs. 115 a 120, rechazando la demanda y oponiendo excepción perentoria y prescripción interponiendo demanda reconvencional por acción negatoria y pago de daños y perjuicios.
Tramitado el proceso ordinario se emitió la Sentencia de 28 de julio de 2017, pronunciado por el Juez Público Civil y Comercial Nº 15 de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, cursante de fs. 1014 a 1019, que declaró IMPROBADA la demanda principal y PROBADA la excepción perentoria de mejor derecho de propiedad e IMPROBADA la demanda reconvencional de acción negatoria de derechos y pago de daños y perjuicios.
Resolución de primera instancia que fue apelada por la parte demandante mediante escrito de fs. 1023 a 1033 vta
- Mery Camacho Peña,
- Proceso: Acción reivindicatoria y otros
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO II
- II. 2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II. 3. De la legitimación procesal
- II. 4. Del contenido del recurso de casación
- La recurrente expresó que interpone el recurso de casación, bajo los siguientes reclamos
- 2
- Concluyó, solicitando casar o anular el Auto de Vista Nº 157/2018 de 19 de septiembre
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
