CONSIDERANDO I
VISTOS: El recurso de casación que cursa de fs. 474 a 479 vta., interpuesto por Luis Tadeo Feeney Carrasco representante de Inversiones y Construcciones Avantia S.A. contra el Auto de Vista N° 571/2018 de 4 de diciembre, emitido por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz cursante a fs. 469 a 466, en el proceso civil de resolución de contrato seguido por Elizabeth Ann Dunn Dreher y otro contra Carlos Hugo Melgar Saucedo y otro, Auto de concesión de fs. 488 y todo lo inherente:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Elizabeth Ann Dunn Dreher y Carlos Mauricio Beltrán Monasterio interpusieron demanda ordinaria de resolución de contrato por incumplimiento ¨sobre vicios ocultos¨, de fs. 38 a 41 vta., subsanada de fs. 66 a 67 y 71 vta., contra Carlos Hugo Melgar Saucedo y Luis Tadeo Feeney Carrasco, quienes en forma conjunta repelieron y reconvinieron la evicción y saneamiento de la cosa vendida, cursante a fs. 118 a 121, respuesta que fue rechazada por no haber allanado la observación, mereciendo la rebeldía, trámite que concluyó con la Sentencia N° 184/2018 de 10 de agosto, fs. 419 a 422 que declaró PROBADA la demanda e IMPROBADA las excepciones
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Elizabeth Ann Dunn Dreher y Carlos Mauricio Beltrán Monasterio interpusieron demanda ordinaria de resolución de contrato por incumplimiento ¨sobre vicios ocultos¨, de fs. 38 a 41 vta., subsanada de fs. 66 a 67 y 71 vta., contra Carlos Hugo Melgar Saucedo y Luis Tadeo Feeney Carrasco, quienes en forma conjunta repelieron y reconvinieron la evicción y saneamiento de la cosa vendida, cursante a fs. 118 a 121, respuesta que fue rechazada por no haber allanado la observación, mereciendo la rebeldía, trámite que concluyó con la Sentencia N° 184/2018 de 10 de agosto, fs. 419 a 422 que declaró PROBADA la demanda e IMPROBADA las excepciones
- Expediente: SC-44-19-S
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO I
- 2
- CONSIDERANDO II
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del contenido del recurso de casación
- Del memorial de casación saliente a fs
- En la forma
- En el fondo
- Denunció la interpretación errónea y aplicación indebida de la ley, por cuanto, la juez de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal de esta Sala, la causa aguarde turno para ulterior
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
