II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
El Auto de Vista Nº SC1 334-AV-232/2017 de 29 de noviembre, cursante de fs. 395 a 399 vta., resuelve el recurso de apelación de la parte demandada interpuesto contra la sentencia dictada dentro del proceso sumario de mejor derecho propietario y otros; en ese mérito, si bien el proceso inició como sumario, por la vigencia del Código Procesal Civil, los procesos tramitados con el régimen derogado debían migrar al procedimiento determinado, aún no se hubiere previsto la forma de desarrolló en cuanto el trámite impugnatorio por las normas de transición pero, recurriendo al principio pro actione, por Circular Nº 12/2016 de 1 de junio de 2016 emitido por el Tribunal Supremo de Justicia, se precisó que: “Todos los recursos de casación que se habrían radicado ante las Salas Especializadas en materia Civil y Comercial de las Tribunales Departamentales de Justicia y no hubieran sido resueltos hasta antes la vigencia plena del CPC, o los que se hubieran presentado posteriormente, deberán ser remitidos para su resolución, ante la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia”, lo que permitió que los procesos sumarios tuvieran como sede de casación el Tribunal Supremo de Justicia, así también manifestó el Auto Supremo Nº 947/2016. Lo referido, permite establecer que el Auto de Vista sea recurrible en casación conforme previsión contenida en el art. 270 del Código Procesal Civil.
II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II.3. De la legitimación procesal
- II.4. Del contenido del recurso de casación
- De los agravios expresados en el recurso, entre otros, se tiene
- Agregó que la transferencia realizada a favor de Blanca Aida Aramayo Ordoñez contenida en la
- Bajo una apariencia formal, se acoge un mejor derecho propietario inexistente, cuando se tiene un
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
