Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación de fs
Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación de fs. 420, se observa que la parte demandada, ahora recurrente, fue notificada en fecha 22 de febrero de 2019, y como el recurso de casación fue presentado en fecha 11 de marzo de 2019, tal cual se observa del timbre electrónico cursante a fs. 422, haciendo un cómputo se infiere que el recurso de casación objeto de la presente resolución, fue interpuesto dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los 10 días hábiles
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
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- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista N° 86/2018 de 9 de noviembre, cursante de fs
- 2.Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación de fs
- 3.De la legitimación procesal
- De la revisión del recurso de casación, se observa que Herman Garrido Soleto, en lo
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
