II.3. De la legitimación procesal
De la revisión de antecedentes se tiene que, la recurrente cumplió con el requisito del plazo (art. 273 Código Procesal Civil) para la interposición del recurso de casación; habida cuenta que Sabina Mejía Mayta de Gutiérrez fue notificada el 3 de enero de 2019 con el Auto de Vista Nº 31/2018 de 02 de octubre, presentó su recurso de casación de fs. 413 a 415, el 11 de enero del presente año; es decir, en vigencia del plazo de diez días señalado por el art. 273 del Código Procesal Civil.
II.3. De la legitimación procesal
II.3. De la legitimación procesal
- Bolaños, Cecilia Irusta Vda. de Chavarría y presuntos desconocidos
- Proceso: Usucapión decenal o extraordinaria
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Resolución que generó la interposición del recurso de apelación por Sabina Mejia Mayta de Gutierrez
- CONSIDERANDO II
- II. 2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II.3. De la legitimación procesal
- II. 4. Del contenido del recurso de casación
- De la revisión del recurso de casación interpuesto por Sabina Mejía Mayta, se extractan los
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
